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Emite PAOT recomendaciones para preservar zonas de valor ambiental

Debe asegurarse vocación del AVA Bosque de Aragón para la cual fue creada.

Con el objetivo de preservar los servicios ambientales y estéticos que las zonas de valor ecológico prestan a los habitantes de los núcleos urbanos, la Procuraduría Ambiental y del Ordenamiento Territorial del Distrito Federal (PAOT) emitió las Recomendaciones 01/2013 y 02/2013, para que las autoridades responsables actualicen el polígono y decreto del Parque Nacional Fuentes Brotantes, en la Delegación Tlalpan, y cancelen los proyectos no afines a la función ambiental del Bosque de San Juan de Aragón.

En ambos documentos resultantes de las denuncias ciudadanas investigadas por la PAOT, se señala la urgencia de elaborar los programas de manejo con el propósito de establecer los lineamientos básicos para su administración y operación. Los programas de manejo constituyen el instrumento rector de planeación y regulación que establece los usos, destinos y acciones permitidas en el interior de las áreas naturales protegidas.

En el caso del Área Natural Protegida (ANP) Parque Nacional Fuentes Brotantes, esta Procuraduría identificó la necesidad de revocar el Decreto federal que le da origen, a fin de que se declare como ANP local, se defina de manera clara su extensión y las actividades que pueden realizarse en su interior, garantizándose los servicios ambientales que provee dicha zona a los habitantes de la Ciudad de México.

En la Recomendación 01/2013, emitida por el derribo de árboles, construcciones irregulares, mal uso de áreas verdes y la falta del programa de manejo del Parque Nacional Fuentes Brotantes, la PAOT solicita a la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas (CONANP), actualizar el Acuerdo de Coordinación celebrado con la entonces Secretaría de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Pesca y el Gobierno del Distrito Federal para abrogar el Decreto de 1936 que lo declara Parque Nacional. En tanto a la Secretaría del Medio Ambiente del Distrito Federal (SEDEMA) le recomienda elaborar y publicar el Decreto para establecer el ANP de competencia local, así como su Programa de Manejo.

Una vez que se realice la recategorización del área, esta Procuraduría solicita a la SEDUVI revisar y corregir el Programa Delegacional de Desarrollo Urbano (PDDU) de Tlalpan 2010, con el propósito de establecer la zonificación del parque como ANP local.

En el caso de la Recomendación 02/2013, resultado de diversas denuncias ciudadanas por afectaciones al Área de Valor Ambiental (AVA) Bosque de Aragón, se urge a la SEDEMA elaborar y aplicar su Programa de Manejo que especifique las actividades que se pueden desarrollar dentro de ella.

Adicionalmente, la PAOT solicita la revisión de la autorización del Plan Maestro del Bosque de San Juan Aragón con el fin de que se cumpla con la legislación ambiental y urbana vigente.

Cabe destacar que en el Distrito Federal hay 22 ANP, que suman una superficie de 25 mil 730.46 hectáreas (un área dos veces mayor que la extensión total de la delegación Iztapalapa), 16 de estas ANP se ubican dentro del llamado suelo de conservación y las otras seis se localizan en suelo urbano; ocho cuentan con decreto federal desde 1936 y las restantes 14 son de competencia local, bajo diversas categorías como son Parques Nacionales, Zonas de Conservación Ecológica, Zonas Ecológicas Culturales y Reservas Ecológicas Comunitarias.

Esta autoridad ambiental confía en que sus Recomendaciones se conviertan en un insumo que aporte elementos propositivos y de análisis para mitigar los cambios negativos al entorno de las ANP y Áreas de Valor Ambiental en el Distrito Federal; además de crear un precedente positivo para que se actualice la situación jurídica de estas zonas, así como se instrumenten acciones de conservación, protección y aprovechamiento sustentable.

Es así como la PAOT, con acciones en favor de la conservación de las áreas naturales, defiende el derecho de los habitantes de la Ciudad de México a gozar de un ambiente sano y adecuado para su desarrollo, respetando los usos que cada espacio tiene por ley.

 

 

PAOT 

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