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Vecinos de la Delegación Magdalena Contreras denuncian abusos e irregularidades en Coazintla 9, en San Jerónimo Aculco

Después de más de dos años de juicio, de escritos y contestaciones y evasivas de las autoridades involucradas  en la construcción de la obra que se lleva a cabo en el predio de Coazintla, número 9, Colonia San Jerónimo Aculco, Delegación Magdalena Contreras, y después de demostrar con documentos y testimoniales ante los responsables  y las más diversas autoridades del Gobierno del DF -del cual los vecinos afirman son un cumulo de arbitrariedades-, como la utilización de documentos falsos y apócrifos que se han utilizado para llevar a cabo la construcción de Coazintla, número 9, lo que la convierte –señalan- a todas luces en una obra ilegal.

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Volados hacia la vía pública

Ante estas irregularidades los vecinos aledaños a esta obra han decidido hacer público su desconcierto ante la inacción de las autoridades por lo cual han decido recurrir a las diferentes instancias gubernamentales y de derechos humanos haciendo llegar una carta-denuncia (de la cual este diario tiene copia, misma que se reproduce líneas abajo)  para que su caso sea revisado y se encuentre pronta solución a su petición de la más elemental justicia ante los abusos cometidos. A continuación un breve resumen de hechos.

Resumen de hechos

En el predio ubicado en Coazintla, número 9, Colonia San Jerónimo Aculco, Delegación Magdalena Contreras, Distrito Federal, propiedad de FELIPE SALAS MARTINEZ, se construye la siguiente obra:

“…superficie del predio de 258 metros cuadrados, superficie de desplante 201.20 metros cuadrados, 4 niveles, 12 viviendas, superficie por construir 825.60 metros cuadrados, estacionamiento 200.15 metros cuadrados, con semisótano, área libre de 56.30 metros cuadrados…”

Lo anterior al amparo de la Manifestación de Obra nueva RMC/069/11, de fecha dieciséis de Diciembre del año dos mil once, la cual se registro al amparo de la Norma de Ordenación numero 26 publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal en fecha diez de Agosto del año dos mil diez, esto no obstante que de acuerdo al programa Delegacional de Desarrollo Urbano vigente publicado en el citado periódico oficial el 28 de enero de 2005, en su inciso 4.4.3, relativo a normas de ordenación particulares.

Los Directores Responsables de Obra PEDRO ZÚÑIGA MERCADO y/o CECILIA ZÚÑIGA ARRANGOIZ, fueron los encargados de realizar los trámites necesarios para obtener los permisos necesario y a la fecha los encargados de realizar los trabajos de construcción.

Para la obtención de la Manifestación de obra nueva en fecha 29 de marzo de 2011 fue expedido un Certificado Único de Zonificación de uso del Suelo con número de folio 13173-181ZUPE11, por la Dirección General de Administración del Suelo, de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda respecto del inmueble ubicado en Coazintla, número 9, Colonia San Jerónimo Aculco, Delegación Magdalena Contreras, Distrito Federal, Cuenta Catastral 075 – 997 – 08 – 000-9

En dicho documento se destaca lo siguiente: Ubica al inmueble respecto del cual se emite dentro de los límites del TERCER TERRITORIO comprendido entre el anillo periférico y  el límite del Distrito Federal y el límite del Suelo Urbano; que le aplica zonificación directa H/4/20 (HABITACIONAL, 4 NIVELES MÁXIMOS DE CONSTRUCCIÓN Y 20%  MÍNIMO DE ÁREA LIBRE) que le concede la Norma General de Ordenación No. 26.

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Afectación al entorno

Es importante señalar que a dicho predio no le es aplicable la citada norma 26, en virtud de que el único acceso a la cerrada Coazintla en que se ubica el predio es menor a los (6) SEIS METROS DE ANCHO, por lo que de conformidad a lo establecido en el inciso C) de la citada norma la misma no aplica para el predio descrito anteriormente. 

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INVEA verifica que no da 6 metros

En fecha 16 de diciembre de 2011, se registró manifestación de construcción tipo B suscrito por SALAS MARTÍNEZ FELIPE en calidad de propietario o poseedor y de ZÚÑIGA MERCADO PEDRO en calidad de Director de Obra con número de registro 0078, para realizar obras en el inmueble  ubicado en Coazintla, número 9, Colonia San Jerónimo Aculco, Delegación Magdalena Contreras, Distrito Federal, expresándose que el destino es HABITACIONAL PARA CONSTRUCCIÓN DE 12 DEPARTAMENTOS, como obra nueva, con superficie del predio de 258 metros cuadrados, superficie de desplante 201.20 metros cuadrados, 4 niveles, 12 viviendas, superficie por construir 825.60 metros cuadrados , estacionamiento 200.15 metros cuadrados, con semisótano, área libre de 56.30 metros cuadrados.

El 28 de junio de 2011, fue presentada en la Delegación la Magdalena Contreras solicitud de Alineamiento y Número Oficial, respecto de inmueble ya mencionado; la solicitud fue presentada por SALAS MARTÍNEZ FELIPE, correspondiendo a tal solicitud el FOLIO CANO /403/11, dibujando en el espacio destinado para ello, dentro del formato de solicitud un croquis de ubicación del predio materia del alineamiento y número oficial.

Es de mencionar que el croquis dibujado de la ubicación del predio y las vialidades cercanas, adolece de serias discrepancias con la realidad y las más evidentes son las siguientes:

1.- No se especifica que la Calle Coazintla es una cerrada, cuyo único acceso es por la Calle de Tuxpan y que el mismo apenas alcanza los TRES Y MEDIO METROS.

2.- No se especifica que el Paseo Cri Cri es un andador peatonal y se dibuja como si fuera calle.

3.- Se quiere aparentar que existe en la calle Coazintla una glorieta, lo cual es totalmente falso pues la calle es cerrada y lo único que existe es una muy pequeña plazoleta sobre el andador peatonal.

4.- Se pretende aparentar que la cerrada Coazintla tiene acceso por la calle diecinueve de Agosto, lo cual es falso, aclarando que también esta es una calle cerrada.

5.- Se pretende aparentar que el único acceso a la Calle Cerrada Coazintla si es mayor a los SEIS METROS DE ANCHO, lo cual es falso pues apenas alcanza los TRES METROS Y MEDIO.

6.- Se pretende aparentar que la calle diecinueve de Agosto tiene salida vehicular hacia la calle Tihuatlan, lo cual es totalmente falso.

 

El 30 de junio de 2011 fue expedida la CONSTANCIA DE ALINEAMIENTO Y NÚMERO OFICIAL con folio CANO /403/11, por la Delegación la Magdalena Contreras respecto del predio ubicado en Coazintla, número 9, Colonia San Jerónimo Aculco, Delegación Magdalena Contreras, Distrito Federal, Cuenta Catastral 075 – 997 – 08 – 000-9, documento que fue suscrito por el Ing. JULIO TORRES DURÁN, en calidad de Subdirector de Licencias y Uso de Suelo y por el ING. ARTURO DE LA SIERRA ESPARZA en calidad de Director General de Obras y Desarrollo Urbano. Localizándose en el espacio designado para ello el dibujo de croquis de ubicación del inmueble y de las vías públicas cercanas al mismo.

Es de mencionar que el croquis dibujado de la ubicación del predio y las vialidades cercanas, adolece de serias discrepancias con la realidad y las más evidentes son las siguientes:

1.- Se pretende aparentar que la calle Cerrada Coazintla tiene salida vehicular por la calle diecinueve de Agosto y que la bocacalle es superior a SEIS METROS EN LO ANCHO, lo cual es totalmente falso pues la única salida que tiene la calle Cerrada Coazintla es por la calle de Tuxpan, misma que ni siquiera esta dibujada y cuyo acceso es menor a los SEIS METROS DE ANCHO.

2.- Se pretende aparentar que la calle Cerrada Coazintla tiene SEIS METROS EN LO ANCHO, lo cual es totalmente falso y no se especifica que en su único acceso vehicular solo alcanza los TRES METROS Y  MEDIO.

3.- Se omite precisar que la vialidad COAZINTLA es una calle Cerrada y con único acceso por la calle de Tuxpan.

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Calle cerrada Coazintla

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Calle Coazintla desemboca en andador

Así tenemos que para simular que es aplicable la norma 26 al predio ubicado en la Cerrada de Coazintla, tanto el propietario SALAS MARTINEZ FELIPE y el Director Responsable de obra PEDRO ZUÑIGA MERCADO así como el Ing. JULIO TORRES DURÁN, en calidad de Subdirector de Licencias y Uso de Suelo y el ING. ARTURO DE LA SIERRA ESPARZA en calidad de Director General de Obras y Desarrollo Urbano, alteraron la realidad, consistiendo dicha alteración en la omisión de datos precisos y en particular omitiendo señalar que el único acceso a la calle Coazintla mide menos de SEIS METROS DE ANCHO y que por lo tanto no le es aplicable dicha norma. 

Así las cosas mediante, escrito de fecha veintidós de febrero del año dos mil trece, la Secretaria de Desarrollo Urbano y Vivienda del Distrito Federal, SEDUVI, por medio de su apoderado  MARCOS OSWALDO MERCADO SANCHEZ, interpuso ante el Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Distrito Federal, demanda de lesividad en contra de los citados propietarios y Directores Responsables de Obra, demandando el Certificado Único de Zonificación de Uso de Suelo folio número 13173-181ZUPE11, la cual se radico ante la Quinta Sala Ordinaria, número de expediente V-15015/13; resultando que al resolverse el Recurso de Apelación número 9211/2013 JN V-15015/2013 se concede a dicha Secretaria la suspensión de los actos reclamados a fin de que se suspendan los trabajos de construcción, sin que a la fecha se haya ejecutado dicha resolución.

En fecha veintitrés de septiembre del año dos mil trece, el propietario del citado predio Y/o Directores Responsables de la Obra promovieron en contra del Reglamento de Construcciones del Distrito Federal, Juicio de Amparo Indirecto, mismo que se radico en  el Juzgado Decimo Cuarto de Distrito en Materia Administrativa del Distrito Federal, número de expediente 978/2013, en el cual mediante resolución de fecha ocho de octubre del año en curso, se CONCEDIO LA SUSPENSION DEL ACTO RECLAMADO, lo que permitió la continuidad de los trabajos de construcción. El juicio de Amparo a la fecha se encuentra suspendido.

A continuación la Carta-Denuncia que fue presentada ante el Gobierno del DF, INVEA, PAOT, SEDUVI, ALDF, Contraloría del DF, Protección Civil del DF, CNDHDF, Diputados Por Contreras del PRI, Diputados Por Contreras del Pan, Delegación Magdalena Contreras.

Carta-Denuncia

 

México, D. F., a 18 febrero de 2014.

 

Asunto: Denuncia de obra ilegal

 

Los vecinos de la calle Coazintla, colonia San Jerónimo Aculco, delegación Magdalena Contreras, solicitamos su intervención para que, conforme a derecho, se clausure de manera definitiva e inmediata y se ordene la demolición de la obra ilegal que se está llevando a cabo en el número 9 de la citada calle, propiedad de SALAS MARTÍNEZ FELIPE. En diferentes instancias hemos demostrado, desde hace dos años, la flagrante irregularidad en el uso de suelo y las normas de construcción de dicha obra, por mencionar lo más relevante. Ello ha llevado a varias suspensiones y clausuras. Sin embargo, la obra sigue en construcción.

Le remitimos los actos que consideramos son los más importantes para que puedan tomar las medidas solicitadas.

Se trata de una obra en un predio de 258 metros cuadrados, diseñada para 4 niveles y 12 viviendas. Lo anterior al amparo de la Manifestación de Obra nueva RMC/069/11, de fecha 16 de Diciembre del año2011, la cual se registró bajo la Norma de Ordenación numero 26, publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal en fecha diez de Agosto del año dos mil diez. Los Directores Responsables de Obra PEDRO ZÚÑIGA MERCADO y/o CECILIA ZÚÑIGA ARRANGOIZ, fueron los encargados de realizar los trámites necesarios para obtener los permisos correspondientes y a la fecha los encargados de realizar los trabajos de construcción.

Es importante señalar que a dicho predio no le es aplicable la citada norma 26, en virtud de que el único acceso a la cerrada Coazintla en que se ubica el predio es menor a los (6) SEIS METROS DE ANCHO, por lo que de conformidad a lo establecido en el inciso C) de la citada norma la misma no aplica para el predio descrito anteriormente. Desde que comenzaron los trabajos de excavación, los vecinos nos dirigimos a la jefa delegacional, licenciada Leticia Quezada, para hacerle ver que se trata de una obra ilegal, toda vez que se ampara en una norma no aplicable a dicho predio.

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Manta de protesta a ilegalidad

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Manta de la delegada en casa de vecinos

Más aún, la ilegalidad de esta obra puede verse claramente desde el procedimiento seguido para la obtención de los permisos correspondientes tanto a la solicitud de alineamiento y número oficial del inmueble, la cual fue presentada el 28 de junio de 2011 en la Delegación la Magdalena Contreras, por SALAS MARTÍNEZ FELIPE con FOLIO CANO /403/11, como para la expedición de la CONSTANCIA DE ALINEAMIENTO Y NÚMERO OFICIAL con folio CANO /403/11, expedida el 30 de junio de 2011 por la Delegación la Magdalena Contreras, documento que fue suscrito por el Ing. JULIO TORRES DURÁN, en calidad de Subdirector de Licencias y Uso de Suelo y por el ING. ARTURO DE LA SIERRA ESPARZA en calidad de Director General de Obras y Desarrollo Urbano. Para ambos procedimientos se presentó dentro del formato de solicitud un croquis de ubicación del predio materia de alineamiento y número oficial.  Es de mencionar que en ambos casos, el croquis dibujado de la ubicación del predio y las vialidades cercanas, adolece de serias discrepancias con la realidad y las más evidentes son las siguientes:

1.      No se especifica que la Calle Coazintla es una cerrada, cuyo único acceso es por la Calle de Tuxpan y que el mismo apenas alcanza los TRES Y MEDIO METROS.

2.      No se especifica que el Paseo Cri Cri es un andador peatonal y se dibuja como si fuera calle.

3.      Se quiere aparentar que existe en la calle Coazintla una glorieta, lo cual es totalmente falso pues la calle es cerrada y lo único que existe es una muy pequeña plazoleta sobre el andador peatonal.

4.      Se pretende aparentar que la cerrada Coazintla tiene acceso por la calle diecinueve de Agosto, lo cual es falso, aclarando que también esta es una calle cerrada.

5.      Se pretende aparentar que el único acceso a la Calle Cerrada Coazintla si es mayor a los SEIS METROS DE ANCHO, lo cual es falso pues apenas alcanza los TRES METROS Y MEDIO.

6.      Se pretende aparentar que la calle diecinueve de Agosto tiene salida vehicular hacia la calle Tihuatlán, lo cual es totalmente falso.

     Así tenemos que para simular que es aplicable la norma 26 al predio ubicado en la Cerrada de Coazintla, tanto el propietario, el Director Responsable de obra PEDRO ZUÑIGA MERCADO así como el Subdirector de Licencias y Uso de Suelo y el Director General de Obras y Desarrollo Urbano, alteraron la realidad, consistiendo dicha alteración en la omisión de datos precisos y en particular omitiendo señalar que el único acceso a la calle Coazintla mide menos de SEIS METROS DE ANCHO y que por lo tanto no le es aplicable dicha norma. 

Una vez que los vecinos de la calle de Coazintla mostramos a la SEDUVI, todas estas irregularidades, ésta, a través de su apoderado legal MARCOS OSWALDO MERCADO SÁNCHEZ interpuso ante el Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Distrito Federal, mediante escrito de fecha veintidós de febrero del año dos mil trece, la demanda de lesividad en contra de los citados propietarios y Directores Responsables de Obra, demandando la revocación del Certificado Único de Zonificación de Uso de Suelo folio número 13173-181ZUPE11, la cual se radicó ante la Quinta Sala Ordinaria, número de expediente V-15015/13; resultando que al resolverse el Recurso de Apelación número 9211/2013 JN V-15015/2013 se concedió a dicha Secretaria la suspensión de los actos reclamados a fin de que se suspendan los trabajos de construcción, sin que a la fecha se haya ejecutado dicha resolución.

A este conjunto de irregularidades hay que agregar la preocupación que despierta en nosotros, los vecinos, las consecuencias negativas que traería consigo la consumación de la obra, Por un lado, la afectación a los servicios como agua, drenaje, luz, etcétera. Pero especialmente, los riesgos que implica para la seguridad de nuestras vidas y bienes, pues, tratándose de una calle cerrada, cuyo único acceso vehicular mide poco más de tres metros, haría imposible el acceso de servicios de emergencia en caso de un siniestro.

A pesar de que esta información es del conocimiento de las autoridades implicadas, hasta la fecha no hemos recibido una respuesta contundente. Y nos preguntamos ¿por qué, si SEDUVI, INVEA y la jefa delegacional saben que se trata de una obra ilegal, permiten que se siga construyendo? Exigimos que pongan un alto a esta ilegalidad, a esta violación de nuestros derechos y no permitan que nuestras vidas estén en peligro. ¡Exigimos la inmediata demolición de la obra!

 

ATENTAMENTE

 

Vecinos Coazintla

Col. San Jerónimo Aculco

Email: [email protected]

México, D.F.

 

C.P. 10400.

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