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Estado mexicano no protege a las mujeres violentadas; OCNF

Mundodehoy.com.- A pesar de la aprobación de la Ley General de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia hace siete años, el Estado mexicano no protege a las mujeres violentadas debido a que en la mayoría de los estados de la República Mexicano no se emiten órdenes de protección para las mujeres que las solicitan o son muy laxas y por un período de 72 horas, sin renovación, afirmaron integrante del Observatorio Ciudadano Nacional contra el Feminicidio (OCNF) en conferencia de prensa para presentar resultados preliminares del informe Avances y Retrocesos en la Protección de las Mujeres Víctimas de la Violencia Familiar 2012-2013.

Presentado con motivo del 10 de diciembre, Día de los Derechos Humanos, el informe señala que entre 2012 y 2013 se registraron 104 mil 470 hechos violentos de violencia familiar relacionados con mujeres en doce entidades federativas (Campeche, Chiapas, Chihuahua, DF, Morelos, Oaxaca, Puebla, Quintana Roo, Sinaloa, Tlaxcala y Veracruz) y derivadas de estas se emitieron 29 mil 776 órdenes de protección, es decir, 28.5 por ciento del total de casos registrados o denunciados.

De esta cifra, 91 por ciento de las órdenes se registraron en cuatro entidades (Veracruz, D.F., Campeche y Chiapas). Para obtener las cifras, explicó Yuriria Rodríguez, abogada del OCNF, se solicitó información a las procuradurías locales mediante los mecanismos de transparencia de 27 entidades, pues cuatro no cuentan aún con uno, y de éstos, sólo 16 contestaron a preguntas como cuántos hechos violentos contra mujeres ha tenido conocimiento.

Algunos como Morelos, Estado de México y Tlaxcala dijeron no haber emitido ninguna orden de protección en el período de tiempo estudiado mientras que otros como Distrito Federal, Puebla o Quintana Roo no rebasan el cinco por ciento del total de casos. Otros como Guerrero por primera vez contestaron a preguntas sobre violencia familiar.

De éstas, 68 por ciento fueron de carácter urgente, 2.5 por ciento de corte precautorio y .6 por ciento civil, de más de 27 por ciento se desconoce el tipo de orden emitida. 

Las principales acciones fueron  prohibir al agresor acercarse a los lugares que frecuenta la víctima o rondines de patrullas en los alrededores del domicilio de la agredida.

En el caso de las juezas y los jueces de los poderes judiciales estatales, sólo se obtuvo respuesta de seis entidades de las 16 analizadas y se supo que las y los operadores de justicia sólo emitieron  179 órdenes de protección de corte civil como suspensión temporal del agresor del régimen de visitas o la posesión exclusiva de la víctima sobre el inmueble que sirvió de domicilio.

Protección laxa

María de la Luz Estrada, coordinadora ejecutiva del OCNF, indicó que los derechos de las mujeres han tardado en ser reconocidos, y por tanto, es complejo lograr una vida libre de violencia debido a que no es tan factible dar garantías mínimas en la materia a favor de las mujeres.

Para la maestra en derechos humanos y democracia, la violencia contra las mujeres no disminuye sino que hay una ineficacia en el registro de datos y un malentendimiento de lo que es una orden de protección debido a que las autoridades sólo suelen recomendar una acción cuando hay la posibilidad de buscar la implementación de varias.

Al contrario, afirmó, el mecanismo actual no reduce la violencia, pues en 72 horas, es casi imposible hacer algo con verdaderas repercusiones en las vidas de las mujeres.

Además, ejemplificó que el sistema es deficiente, pues en Tlaxcala no se han emitido ordenes porque la víctima es quien debe notificar a su victimario sobre la situación.

Para Rodolfo Domínguez, hay tres momentos críticos (casi mortales) a los que se enfrentan las mujeres: cuando decide salir del círculo de violencia, cuando denuncia a su agresor o cuando solicita una medida de protección.

Sin embargo, afirmó que la respuesta de las autoridades suele ser rondines constantes por parte de la policía, apercibimiento a los agresores, y en algunos casos, apoyo a la víctima para sacar sus pertenencias del domicilio compartido, situaciones que no representan una protección real.

La sistematización de información

Como parte de las obligaciones impuestas por la Ley hacia los gobiernos estatales esta la generación de un banco de datos específico sobre ordenes de protección a nivel nacional y estatal que se actualice de manera constante a fin de poder realizar diagnósticos sobre la situación. La realidad, explicaron las ponentes, es que no hay ninguno.

Incluso, mencionó Estrada, hay un Banco de Datos nacional que registró 83 mil 556 casos de hechos violentos contra mujeres y cero ordenes de protección, es decir, no hay siquiera vínculos entre los organismos de estadística y los gobiernos estatales para tener algún tipo de cifras.

Las ordenes

La orden de protección consiste en diversas acciones para salvaguardar la seguridad de las mujeres y de sus hijas e hijos. Hay dos tipos de órdenes: urgentes, cuando se pide que el agresor desocupe el domicilio, se prohíbe intimidar o molestar a la mujer, se acompaña a la mujer a su domicilio para salvaguardar su seguridad, se prohíbe al agresor acercarse o se facilita a la mujer e hijos o hijas ingresar a un refugio.

Otro tipo son las preventivas, consistentes en retener armas del agresor, hacer un inventario de bienes de propiedad común para evitar que sean vendidos o robados; auxilio de autoridades para que tomen las pertenencias de la mujer e hijos, auxilio policíaco de reacción inmediata a favor de la mujer y la entrega de objetos de uso personal y documentos de identidad dela mujer y/o sus hijos e hijas.

Uno de los grandes problemas, aseguraron, es que no hay una homologación de criterios sobre las órdenes y queda a criterio de cada entidad la emisión o no de dicha orden.

Para las y el ponente, la emisión de estas ordenes de suma importancia ya que han observado que en un número considerable de casos, la víctima de feminicidio acudió previamente con las autoridades en búsqueda de protección.       

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