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Jefe Delegacional en Benito Juárez debe acatar recomendaciones de la PAOT: Dinorah Pizano

Con el fin de cumplir el requerimiento de la Procuraduría Ambiental y del Ordenamiento Territorial (PAOT), que en días pasados exigió echar abajo siete construcciones irregulares en la delegación Benito Juárez, la diputada Dinorah Pizano Osorio, solicitó al jefe delegacional acate la recomendación 02/2014 emitida por la dependencia.

Las obras de las que se solicitó la demolición parcial son José María Ibarrarán 38 y Capuchinas 97, en San José Insurgentes, San Francisco 1857, en Actipan, Real de Mayorazgo 71, en Xoco, Uxmal 587, en Vértiz Narvarte, y Mitla 221 y 235, en Narvarte, de las cuales ninguna se encuentra en las 209 irregulares señaladas por Jorge Romero en febrero de 2013.

Mediante un Punto de Acuerdo presentado ante la Diputación Permanente de la ALDF, la legisladora perredista dijo que la PAOT expuso que la Delegación Benito Juárez permitió la construcción de dichas obras sin presentar los certificados de uso de suelo o con algunos que eran apócrifos.

Por lo anterior, la dependencia señaló que la demarcación debe iniciar los procedimientos para demoler los niveles excedentes construidos y presentar denuncias penales en contra de los directores responsables de obra.

Manifestó que en Uxmal 543, colonia Vértiz Narvarte, se construyó un edificio de siete pisos en donde sólo se permitían tres con la Norma 26, sin embargo en declaraciones hechas por Jorge Romero Herrera, señaló que la recomendación de la PAOT para demoler pisos de siete obras en Benito Juárez es inoportuna.

 

Pizano Osorio también pidió al Jefe Delegacional que en un término no mayor a diez días contados a partir de la notificación de la recomendación, responda ante la Procuraduría si la aceptó, teniendo un lapso de quince días más para comprobar su cumplimiento.

Finalmente solicitó al titular de la Contraloría del DF, inicie los procedimientos respectivos a fin de determinar la responsabilidad de los servidores públicos que autorizaron la construcción de los predios enunciados en el resolutivo primero.

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