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Denuncian blindadoras que, sin registro, expiden constancias apócrifas de autentificación de automóviles

Al adquirir un vehículo blindado hay que tener en cuenta que el principal objetivo de este es salvaguardar la vida de sus ocupantes, y que  la unidad cumpla con los ordenamientos legales vigentes, por lo que es primordial que el comprador compruebe que la constancia de autentificación que le da el fabricante no sea apócrifa. De esta manera, el consumidor podrá estar seguro de que adquirió un vehículo que cumplirá con su función de no  poner en riesgo la seguridad de él o de su familia, y que su unidad está legalmente blindada.
 
René Fausto Rivera Arózqueta, presidente de la Comisión ejecutiva del Consejo Nacional de la Industria Balística (CNB), explica que las empresas dedicadas al blindaje automotriz deben tener un permiso federal y deben estar registradas ante la Dirección General de Seguridad Privada, (dependiente de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana) quien es la única facultada de expedir los hologramas que llevan las constancias de autenticación que se le entregan a los compradores.
 
Rivera indica que, a partir del 2008, a raíz de que se detuvieron a figuras del crimen organizado en vehículos blindados, el gobierno decidió que las empresas de blindaje se debían registrar ante la DGSP con el fin de tener un control en dichos vehículos a través de estas constancias de autentificación.


 
Por su parte, Alma Díaz, delegada de la Comisión de blindaje automotriz, comenta que este permiso  federal se refrenda de manera anual, lo que les da derecho a los blindadores de automóviles a los hologramas con código QR que les expide la Dirección General de Seguridad Privada, y entonces ellos, a su vez, pueden elaborar la constancia de autentificación para sus compradores, con datos que la dependencia les indica:
 

  • Fecha
  • Número de registro vigente de la empresa blindadora ante la DGPS.
  • Marca, tipo, modelo del vehículo, placas de circulación, número de identificación vehicular.
  • Nombre de la persona a quién se le facturó la unidad.
  • Nivel de resistencia balística del blindaje
  • Número de holograma
  • Área de protección
  • Tipo de arma y calibre que resiste
  • Norma y su equivalencia a la Norma Oficial Mexicana (NOM)
  • Firma del representante legal de la empresa

“Nosotros entregamos esta constancia a nuestro cliente y él tiene que portar el original, porque en caso de un retén, él presenta esta constancia con el código QR, el cual debe coincidir con una placa que se coloca en el interior del vehículo. Desafortunadamente hay gente que ha sido sorprendida por blindadoras que no están registradas o no tienen su registro vigente y les entregan una constancia apócrifa”, denuncia Díaz.

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Sobre esta situación, Luis Sánchez Soto, delegado de la Comisión de blindaje automotriz, añade que para estar seguros de que la constancia de autentificación es legal, hay que verificar el registro, para eso hay que entrar a la página de internet de la Dirección General de Seguridad Privada y verificar que el registro de la empresa que la expidió esté vigente. 
 
“El segundo paso es verificar que el domicilio de la empresa exista, una vez verificado, hay que leer bien la constancia y el punto clave es que debe traer un holograma con el código QR, el cual expiden las autoridades a las empresas debidamente registradas”, añade.
 
Aunque los vehículos son los únicos productos blindados que manejan constancia de autentificación, los chalecos antibalas también tienen un sello que hace la diferencia entre lo legal y lo apócrifo.
 
Ignacio Baca Torres, presidente de la Comisión de blindaje corporal, explica que, hay muchas empresas nuevas que se dedican a fabricar chalecos o prendas balísticas o que presumen su fabricación, pero no tienen certificación y ni siquiera han sido probados por un laboratorio certificado bajo las normas más conocidas a nivel internacional.
 
Señala que, aunque estos chalecos pueden ser idénticos a los fabricados con todas las normas y pruebas, si la configuración balística y certificado no están en el listado del Instituto Nacional de Justicia de los Estados Unidos significa que no son seguros. Una manera de identificar un chaleco certificado es por el símbolo NIJ MARK que aparece dentro de la etiqueta interna del chaleco.


 
Aclara que si el chaleco es apócrifo representa un alto riesgo para el portador porque, muchas veces, hay malas prácticas, por ejemplo, les pueden quitar capas y la probabilidad de que el chaleco sea traspasado por un proyectil puede ser alta. 


 
“Este no es un tema de costos o de precios, es un tema de vida. Nuestra posición como CNB es recomendarle a la gente que se fijen muy bien en este tipo de cuestiones, porque al final de cuentas nuestro trabajo es que se mantenga la vida y nuestros productos están fabricados para eso”.


 
Explica que para facilitar que la gente pueda identificar la diferencia entre los chalecos seguros y los apócrifos, han tratado de que las instituciones correspondientes les autoricen otorgar una carta de autentificación, similar a las de los autos, con la que se pueda verificar a los fabricantes legales, pero este proceso es lento.

DZ

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