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El certificado electrónico para personas con discapacidad debe ser emitido por profesionales de la salud

La Secretaría de Salud dio a conocer este viernes 2 de febrero, a través del Diario Oficial de la Federación (DOF), el formato Certificado Electrónico de Discapacidad (Cedis), el cual se expide a través del Subsistema de Información sobre Discapacidad (Sidis), que es exclusivo, establecido y administrado por la Dirección General de Información en Salud (DGIS).

El Sidis forma parte del Sistema Nacional de Información en Salud (Sinais) para el registro y valoración de la discapacidad, y se integra por una sección de datos sociodemográficos, valoración de la actividad y participación, identificación de deficiencias en funciones y estructuras corporales a partir de dominios preseleccionados, así como la identificación de barreras en los factores ambientales.

La DGIS proporciona los permisos de acceso al Sidis a los centros de valoración de la discapacidad y expedición del Cedis, con el objetivo de que las personas profesionales o relacionadas con la salud, con permiso de la autoridad sanitaria, realicen el registro de la información que se derive del proceso de valoración de la persona con discapacidad que solicite la expedición del certificado.

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Este documento contiene información de la persona con discapacidad, clave única de Registro de Población (CURP), porcentaje alcanzado como resultado de la valoración de la discapacidad; ayudas técnicas que utiliza; tipo de apoyo; nombre y firma electrónica del profesional de la medicina o persona autorizada por la autoridad sanitaria que expide el certificado y vigencia.

Los centros de valoración y expedición del Cedis son responsables de la correcta operación del Sidis.

Únicamente pueden expedir este documento electrónico las personas profesionales de la medicina o con permiso de la autoridad sanitaria competente, de conformidad con las disposiciones aplicables.

El mecanismo para comprobar la autenticidad y validez de un Cedis es la verificación del código de barras bidimensional (QR) que aparecerá el certificado.

Las y los responsables, encargados y usuarios del Sidis en los centros de valoración de la discapacidad y expedición deben evitar su alteración, transmisión y acceso no autorizado de la información del Cedis; asimismo, deben garantizar el manejo cuidadoso en su tratamiento.

La reimpresión de un Cedis se puede obtener en un centro de valoración y se entrega a toda persona a quien se haya expedido, o a quien le apoya, brinda asistencia, es tutora, representante legal o ejerce la patria potestad, y está registrada en el Sidis.

Una vez emitido el Cedis, únicamente podrá ser modificado en el apartado denominado “de la persona”, no así en la valoración del informante, de la o el certificante.

Cabe señalar que, también el 2 de febrero, la Secretaría de Salud publicó en el DOF la Norma Oficial Mexicana NOM-039-SSA-2023 en materia de Certificación de la Discapacidad, la cual unifica la metodología para la valoración de la discapacidad, así como la expedición del Certificado Electrónico de Discapacidad (Cedis) a la persona solicitante.

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